Portal Web de la DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE

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Instrucciones DGT

Datos del organizador y domicilio

El organizador deberá rellenar todos sus datos personales y domicilio actual, siendo muy importante que haga constar un correo electrónico de contacto, a través del cual se le hará llegar, en caso de que consienta expresamente, todas las notificaciones pertinentes relativas a la tramitación de su solicitud.

Tramite

Deberá especificar, obligatoriamente, el trámite que desea. En el caso de que se trate de la modificación de una solicitud en trámite, deberá indicar el número de expediente dado.

 

Solamente se tramitarán aquellas modificaciones de solicitud que afecten al inicio y final de la actividad, provincias y vías de paso del recorrido o día de celebración de la actividad o evento que sean realizadas con una antelación mínima de 10 días hábiles, excluidos sábados, a la fecha de inicio de celebración de la misma y no se hubiera emitido y notificado su resolución.

 

En el resto de los casos, está será tramitada si es realizada con una antelación mínima de 4 días hábiles, excluidos sábados, a la fecha de inicio de la actividad.

 

En ningún caso procederá la modificación de una resolución tanto favorable como desfavorable ya dictada.


Memoria de la actividad                                                                                                                           

 

(deberá rellenarse para todo trámite, excepto si se trata de modificación de solicitud en trámite)


 -Denominación (si procede, número cronológico de la edición),

-Identificación del organizador,

-Numero de participantes estimados en total (para la estimación del número total de participantes se podrá hacer constar, en caso de que fuera una actividad de celebración periódica, el número de participantes de la edición anterior),
-Numero de etapas,

-Fecha de inicio y final de celebración,

-Provincia y lugar de inicio y final, y provincias de paso,

-Subdivisiones de la actividad, si procede,
-Normas básicas que rigen su celebración, o una simple descripción del evento cuando su celebración no está sujeta a un reglamento.

 

Cuando se trate de una prueba deportiva, marcha ciclista organizada u otros eventos para vehículos clásicos será obligatorio rellenar los datos personales relativos a Director Ejecutivo y Responsable de Seguridad vial, aunque coincida en la misma persona física.


Cuando se trate de una prueba deportiva o la comunicación voluntaria de otras actividades no deportivas deberá hacerse constar el tipo de prueba deportiva o actividad.



Croquis del recorrido                                                                                                                                

 

-Croquis preciso del recorrido, cuando lo hubiere, sobre la última edición del mapa oficial de carreteras.
-Rutometro/Itinerario, cuando lo hubiere, con nomenclatura actualizada de las carreteras, número total de kilómetros, perfil, horario previsible de paso por los distintos puntos determinantes del recorrido y en su caso, velocidad media prevista. Si el evento constara de varias etapas, se detallará cada una de ellas.

 

Los datos incluidos en este apartado son obligatorios para todos los trámites.


Deberá especificarse el recorrido por cada etapa y subdivisión diferenciada. La solicitud va provista de un anexo de croquis del recorrido en el que se harán constar los datos de cada etapa y subdivisión diferenciada cuando el número de ésta sea superior a uno. Se imprimirán y rellenarán tantos anexos del croquis de recorrido como sean necesarios.


Otros aspectos a tener en cuenta

●Propuesta de medidas de señalización de la prueba, del resto de dispositivos de seguridad y de las funciones a desempeñar por cada uno de los miembros del Personal Auxiliar.

 

Documentación a acreditar 72 horas antes del evento, en la reunión con la Agrupación de Trafico de la Guardia Civil.


●Consentimiento a relacionarse con la Administración Pública por medios electrónicos.
Si el interesado preste su consentimiento, marcando de manera expresa “si”, las notificaciones serán hechas por desde el correo electrónico de usosexcepcionalesdelavia@dgt.es.

 

MUY IMPORTANTE: De acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicassi la solicitud de iniciación no reúne los requisitos señalados anteriormente se requerirá al interesado, para que, en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. Si asi lo desea el interesado podra iniciar de nuevo el expediente de autorización.