Calificación Ordinaria Deportistas 2021: Procedimiento telematico desde las federaciones
El 1 de noviembre de 2020 comienza el plazo para la presentación de solicitudes para la declaración de deportistas aragoneses de alto rendimiento (DAAR), correspondiente a la convocatoria Ordinaria de 2021. El plazo finaliza el 31 de diciembre de 2020.
Sin perjuicio de dicha convocatoria ordinaria, el artículo 7.2 del Decreto 396/2011, de 13 de diciembre, prevé también una convocatoria extraordinaria, cuyo plazo de presentación de solicitudes comienza el 1 de mayo y finaliza el 31 de mayo de 2021.
La normativa reguladora para la calificación DAAR 2021 la componen el Decreto 396/2011, de 13 de diciembre, y la Orden ECD 1630/2016, de 28 de octubre sobre Deporte Alto Rendimiento.
Esta normativa puede ser consultada en http://deporte.aragon.es
La calificación DAAR se establece a través de los siguientes criterios de calificación. Para una eficiente valoración se recomienda adjuntar a los anexos de solicitud documentación que avale el resultado deportivo acreditado (clasificación, convocatorias, certificados,...).
Las solicitudes de calificación se presentarán a través de la correspondiente Federación / Delegación deportiva aragonesa a solicitud del interesado, a través de la plataforma telematica del Sistema Integral de Gestión Online de la Dirección General de Deporte (SIGO). Al objeto de gestionar las solcitudes DAAR, la Federación / Delegación podrá establecer plazos temporales previos a los recogidos en la normativa reguladora del Gobierno de Aragón vinculados a las peticiones.
Documentación a aportar por el deportista |
De conformidad con la normativa vigente, conviene aclarar que:
- La Comisión de Evaluación ha acordado aplicar en la presente convocatoria la excepcionalidad prevista en el artículo 6.1 b) del Decreto 396/2011, de 13 de diciembre, al objeto de facilitar el avance deportivo de los deportistas aragoneses calificados de alto rendimiento en la convocatoria ordinaria 2020 (Orden ECD/246/2020, de 4 de marzo - BOA nº 60 de 24/03/2020), que, debido a la pandemia sanitaria de la COVID19, no han podido iniciar o finalizar la competición en el año 2020 por inexistencia o suspensión de convocatoria oficial de competición nacional o internacional. Para ello, el deportista deberá acreditar DAAR´2020 en convocatoria orinaria (BOA nº 60 de 24/03/2020) y aportar, además del resto de documentación precisa, certificado de la Federación Deportiva Española que indique la inexistencia o suspensión de convocatoria oficial de competición nacional o internacional durante el año 2020.
- Los deportistas adscritos al Programa “Aulas de Tecnificación Deportiva” (ATD) serán calificados de forma automática como Deportistas Aragoneses en Fase de Técnificación Cualificada, tal como establece la Orden que regula la implantación de dicho Programa, por lo que no deben de realizar la solicitud de calificación. La vigencia de esta calificación es de un curso escolar y se mantendrá mientras los deportistas sigan formando parte del Programa.
- Los deportistas pertenecientes a Programas de "Tecnificación Deportiva Cualificada" (PTC) deberán realizar el procedimiento de solicitud de calificación de Deportistas Aragoneses en Fase de Técnificación Cualificada, a través de las Federaciones/Delegaciones deportivas correspondientes, indicando en los méritos alegados que forman parte del Programa autorizado por el Gobierno de Aragón. La vigencia de esta calificación es de un curso escolar, debiendo ser tramitada con carácter anual.
MAS INFORMACIÓN Web: http://deporte.aragon.es/ Correo electrónico: deportealtorendidmiento@aragon.es Teléfono: 976714926. |
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localidad | Aragón |