Programa conciliación Estudios & Deporte
La Orden ECD/866/2018, de 10 de mayo, por la que se establecen medidas para la conciliación de estudios con la práctica deportiva tiene por objeto establecer medidas para facilitar la conciliación de las diversas enseñanzas del sistema educativo con la práctica deportiva.
Esta orden se aplica a los centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
A los beneficios recogidos en la citada norma se pueden acoger los alumnos que acrediten alguna de las siguientes condiciones:
- Deportista de Alto Nivel y Alto Rendimiento calificado/a por el Consejo Superior de Deportes (DAN y DAR). (*)
- Deportista Aragonés/a de Alto Rendimiento (DAAR). (*)
- Deportistas participantes en el programa “Aulas de Tecnificación Deportiva” (DAATD). (*)
- Deportistas participantes en los Programas de Tecnificación Deportiva Cualificada de Federaciones deportivas que cuenten con el informe favorable de la Dirección General competente en materia de deporte del Gobierno de Aragón (DAPTDC). (*)
- Deportistas participantes en competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional como integrante de la selección española o de las selecciones autonómicas aragonesas.
(*) los deportistas ostentan esta condición cuando sus datos personales son publicados en el Boletín Oficial de Aragón
El período para la solicitud será del 1 de septiembre de 2024 al 30 de junio de 2025.
- Resolución de 31 de enero de 2014, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se crea la Oficina de Atención al deportista de Alto Nivel y se hace pública la Normativa y Régimen Disciplinario del Programa de Atención a Deportistas de la Universidad de Zaragoza.