Portal Web de la DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE

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Convocatorias examenes

 

La convocatoria correspondiente a cada curso de bloque comun será publicado en BOA y en la convocatoria que se difundirá entre las federaciones deportivas y por medios telemáticos.
El calendario con la distribución horaria por áreas se entregará a los y las alumnas el primer día de clase.
Dicho calendario recogerá la fecha de la 1ª y 2ª convocatoria de exámenes.
Si por alguna circunstancia de fuerza mayor ajena a la EAD, las clases se tuvieran que suspender, las clases se intentarían recuperar en otro horario. En caso de ser imposible esas horas de contenido en ningún caso se exigirían en las pruebas de evaluación. Los cambios que se realicen, por estos motivos, en el calendario no serán computados en el porcentaje de asistencia exigido. 
El o la alumna matriculada en un área tiene derecho a dos convocatorias por curso, siendo “ordinaria” la primera y “extraordinaria” la segunda.
La convocatoria de carácter extraordinario se celebrará dentro de un plazo no inferior a treinta días ni superior a tres meses, a partir del día siguiente a la fecha de celebración de la última sesión de evaluación de la convocatoria ordinaria. A esta convocatoria extraordinaria sólo podrá tomar parte el alumnado que no haya superado el área en la convocatoria ordinaria.
Existe la posibilidad de anular convocatorias por causas justificadas y acreditadas que serán estudiadas por la EAD. Será la EAD quien determine la fecha, lugar y horario de la nueva convocatoria. 
 
 

La convocatoria correspondiente a cada curso de bloque comun será publicada en BOA y las convocatorias de los bloques especificos seran difundidas por las correspondientes federaciones deportivas.

 

Dichas convocatorias podran acompañarse de informacion accesoria que desarrollara toda aquella informacion que el alumno precisa para la admision y la superacion de la accion formativa.


El calendario con la distribución horaria por áreas se entregará a los alumnos el primer día de clase. Dicho calendario recogerá la fecha de la 1ª y 2ª convocatoria de exámenes.


Si por alguna circunstancia de fuerza mayor ajena a la EAD, las clases se tuvieran que suspender, las clases se intentarían recuperar en otro horario. En caso de ser imposible impartir esas horas de contenido, podran no exigirse dichos contenidos en las pruebas de evaluación. Los cambios que se realicen en el calendario, por estos motivos, no serán computados en el porcentaje de asistencia exigido. 


Los alumnos/as matriculados/as en un área tienen derecho a dos convocatorias por curso, siendo “ordinaria” la primera y “extraordinaria” la segunda.


La convocatoria de carácter extraordinario se celebrará dentro de un plazo no inferior a treinta días ni superior a tres meses, a partir del día siguiente a la fecha de celebración de la última sesión de evaluación de la convocatoria ordinaria. A esta convocatoria extraordinaria sólo podrá tomar parte el alumnado que no haya superado el área en la convocatoria ordinaria.


Existe la posibilidad de anular convocatorias por causas justificadas y acreditadas que serán estudiadas por la EAD. Será la EAD quien determine la fecha, lugar y horario de la nueva convocatoria.