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Incorporaciones

 

Según establece la Disposición Adicional Primera, Segunda y Tercera de la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, para quienes deseen incorporarse a estas formaciones acreditando formaciones desarrolladas: 
1.- Hasta la entrada en vigor de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre. (disposición adicional primera orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre)
2.- De carácter meramente federativo realizadas desde la entrada en vigor de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, y hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. (disposición adicional segunda. Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre)
3.- Realizadas de acuerdo a la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. (disposición adicional tercera Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre). 
Deberán solicitar a titulo personal dicha Incorporación a través del siguiente <Modelo de Solicitud >

Según establece la Disposición Adicional Primera, Segunda y Tercera de la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, para quienes deseen incorporarse a estas formaciones acreditando formaciones desarrolladas: 


1.- Hasta la entrada en vigor de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre. (disposición adicional primera orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre)


2.- De carácter meramente federativo realizadas desde la entrada en vigor de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, y hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. (disposición adicional segunda. Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre)


3.- Realizadas de acuerdo a la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. (disposición adicional tercera Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre). 


Procedimiento de solicitud                                                                                                                           

 

Deberán solicitar a titulo personal dicha Incorporación a través del siguiente <Modelo de Solicitud >

 

Toda la documentacion sera tramitada a traves de alguna de las Unidades de Registro del Gobierno de Aragón o a través de los Servicios de Información y Documentación Administrativa, en las diferentes provincias. Podrán utilizarse igualmente los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.