El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial -EDRE- (BOE 08-11-2008), reconoce e impulsa las mismas.
Actualmente, existen en EDRE los Títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en:
Actividades Subacuáticas
-solo Grado Medio-
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Atletismo (*)
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Baloncesto
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Balonmano
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Deportes de Invierno (*)
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Esgrima
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Espeleología
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Fútbol (*)
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Fútbol Sala (*)
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Hípica (*)
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Judo y Defensa Personal
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Montaña (*)
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Vela
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Salvamento y socorrismo (*)
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Piraguismo (*)
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(*) Modalidades deportivas con centros autorizados en Aragón
Triptico Gobierno de Aragón Enseñanzas Deportivas de Regimen Especial
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA
UNIDAD DE ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE REGIMEN ESPECIAL
EDIFICIO DE AVENIDA DE GOMEZ LAGUNA, 25 PLANTA 10 50009 ZARAGOZA
Telefono: 976 716504
Mas información
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACION Y FORMACION PROFESIONAL
-Unidad de Enseñanzas Deportivas de Regimen Especial-
Av. Ranillas 5D, planta 2. 50018 ZARAGOZA
Telefono: 976 716504
Estructura de los Ciclos
Cada ciclo se estructura en bloques de duración variable, constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales.
La estructura de los ciclos se regula en el Real Decreto 1367/2007, de 20 de octubre para las modalidades de Buceo Deportivo, Esgrima, Espeleología, Judo, Salvamento y Socorrismo, y Vela.
En el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre se regula la estructura de los ciclos para las modalidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Deportes de Invierno, Deportes de Montaña y Escalada, Fútbol y Fútbol Sala.
Los bloques conformados para todas las modalidades deportivas son los siguientes:
Bloque común de enseñanza deportiva: constituidos por la formación asociada a las competencias profesionales que soportan los procesos de “iniciación deportiva”, “tecnificación deportiva” y “alto rendimiento”, independientemente de la modalidad o especialidad deportiva, así como aquellos objetivos propios de las enseñanzas deportivas.
Bloque específico de enseñanza deportiva: constituidos por la formación directamente referida, entre otros, a aspectos técnicos, organizativos o metodológicos de la propia modalidad o especialidad deportiva.
Bloque complementario: constituido por módulos de contenidos relacionados con la tecnología y las variaciones de la demanda social, correspondiente a las modalidades y especialidades deportivas establecidas al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.
Módulo de formación práctica: constituido por la parte de formación asociada a las competencias, que es necesario completar en el entorno deportivo y profesional real.
Módulo de Proyecto final: solo en el ciclo superior, y que tendrá carácter integrador de los conocimientos adquiridos durante el periodo de formación. Se organizará sobre la base de la tutorización individual y colectiva. Se presentará al finalizar el resto de módulos comunes y específicos de enseñanza deportiva.
Carga Lectiva
Las enseñanzas conducentes a títulos de grado medio (Nivel I y II) tendrán una duración mínima de 1.000 horas, de las que al menos 400 horas corresponderán al Nivel I.
Las enseñanzas conducentes a títulos de grado superior (Nivel III) tendrán una duración mínima de 750 horas.
Dentro de cada modalidad deportiva se concreta la duración para cada uno de los bloques: común, específico, complementario, módulo de formación práctica y módulo de proyecto final.
Requisitos
Requisitos por Niveles