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Devolución de pagos indebidos

 

El o la alumna que formalice la matrícula podrá solicitar su anulación, previa presentación de la solicitud pertinente dirigida a la EAD, siempre que ésta se presente antes del último día de inscripción en el curso.
La anulación de la matrícula se podrá hacer de oficio cuando se pueda comprobar que no se cumple alguno de los requisitos exigidos para su formalización o se haya incurrido en falsedad de datos o de la documentación que se debía aportar.
15.- Solicitud de baja voluntaria
En los casos en los que se desee voluntariamente causar baja en algún curso convocado EAD, deberá comunicarse a la propia EAD.
El importe de la matrícula abonado no se devolverá en ningún caso.

El alumno/a que formalice la matrícula podrá solicitar su anulación o una cantidad indebida ingresada a través del siguiente impreso:  "Modelo de Solicitud de Devolución de Tasas" , que ira dirigido a la Direccion General de Deporte del Gobierno de Aragon (Escuela Aragonesa del Deporte -EAD-). Asimismo el interesado deberá cumplimentar por la entidad bancaria y entregar con el resto de documentación la Ficha de Terceros.

 

Dicho escrito debera justificar documentalmente las causas que han provocado la baja a dicha accion formativa o el motivo del ingreso indebido, asimismo la instancia se presentera antes del último día de inscripción del curso convocado. En el caso de devoluciones de ingresos indebidos, exceptos los causados por baja de matricula, se podrán realizar antes de la publicacion de las calificaciones de convocatoria extraordinaria de la acción formativa del bloque común.

 

Siempre que las causas de la anulacion de la matricula sean lo suficientemente justificables, se podra iniciar el proceso de devolucion de las tasas ingresadas.  Dicho proceso se inicia con la presentacion de la solicitud, por parte del interesado, de la devolucion de tasas.

 

La anulación de la matrícula tambien se podrá ejercer de oficio cuando la EAD pueda comprobar que el alumno no cumple con alguno de los requisitos exigidos para la formalización de la matricula o se haya incurrido en falsedad de datos o de la documentación que se debía aportar.

 

Toda la documentacion sera tramitada a traves de alguna de las Unidades de Registro del Gobierno de Aragón o a través de los Servicios de Información y Documentación Administrativa, en las diferentes provincias. Podrán utilizarse igualmente los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.